D) Sin perjuicio de lo dispuesto en relación a la ventilación de determinados locales en el Efectivo Decreto 1618/1980, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, la renovación mínima del aire de los locales de trabajo, será de 30 https://seguridad-y-salud-en-el-t95914.look4blog.com/72806357/una-revisión-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-unad